Los 11 artículos aprobados este martes tienen que ver con la creación de la Superintendencia del Sistema Eléctrico, para optimizar y agilizar las labores de gestión.
Durante la sesión, se aprobó con modificaciones el artículo 14, enfocado en el deber de suministro de información, lo que establece que el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de energía eléctrica y la superintendencia podrán requerir a los actores del sector los datos necesarios para el correcto desempeño de sus funciones bajo los principios de uniformidad, transparencia, publicidad y confidencialidad.
Crea la Superintendencia del Sistema Eléctrico Nacional
Asimismo, se dio el visto bueno al artículo 15 con una modificación propuesta en la plenaria para precisar el numeral relativo a las donaciones. De esta manera, se crea la Superintendencia del Sistema Eléctrico Nacional como un instituto público con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica, financiera y de gestión, el cual podrá recibir aportes ordinarios, ingresos por competencias, tasas y donaciones de carácter lícito que resguarden estrictamente su independencia e imparcialidad.
Los diputados en plenaria debatieron y aprobaron el artículo 16, al ratificar que la máxima autoridad de la institución será una superintendenta o un superintendente de libre nombramiento y remoción del Ejecutivo nacional, asistido por un directorio integrado por cinco miembros destinados a garantizar la estructuración y operatividad técnica del sector eléctrico.
Asimismo, el texto legal especifica las responsabilidades y garantías operativas de los actores involucrados en el sector energético, que establece que las empresas prestadoras de servicio, tanto públicas como privadas, asumen deberes de confiabilidad, continuidad y sustentabilidad económica.
